Xúquer Viu

Xúquer Viu

dimarts, 20 de setembre del 2011

LA COMISSIÓ EUROPEA HA DEMANDAT A ESPANYA PER INCOMPLIR LA DIRECTIVA MARC DE L'AIGUA

Des de fa temps, Xúquer Viu i les entitats que conformen la Xarxa per una Nova Cultura de l'Aigua al Xúquer, venen denunciant la paralització del procés d'elaboració del nou pla de conca del Xúquer d'acord amb l'objetiu de la Directiva Marc de l'Aigua d'assolir el bon estat de totes les masses d'aigua al 2015. Aquest pla, que hauria d'haver-se aprovat com a molt tard a desembre de 2009, roman paralitzat sine die. Això vol dir que els nostres rius, aqüífers i zones humides continuen sense cabals ecològics adequats i en situació de sobreexplotació.

La Comissió Europea va obrir a juny de l'any passat un procediment d'infracció a Espanya per incomplir amb els seus deures d'elaborar, sotmetre a participació pública i aprovar els plans de conca de les demarcacions hidrogràfiques espanyoles en els terminis establerts per la Directiva Marc de l'Aigua, normativa europea d'obligat compliment en matèria de política d'aigua per a tots els estats membres de la Unió Europea. Aquest procediment ha desembocat en una demanda judicial presentada el 27 de juliol de 2011 per la Comissió Europea, davant el Tribunal de Justícia Europeu, contra el Regne d'Espanya per incompliment d'aquest deures.

Nota de premsa de Xúquer Viu en relació amb aquest tema:

La Comisión Europea demanda a España ante el Tribunal de Justicia Europeo por incumplir la Directiva Marco del Agua

Sólo la Demarcación de las Cuenca Fluvial de Cataluña (3,3% del territorio español) cuenta con un Plan Hidrológico elaborado en el marco de la Directiva Marco del Agua.

Una legislatura perdida para la planificación hidrológica en la Demarcación Hidrográfica del Júcar.

La Comisión Europea ha interpuesto una demanda contra España por el incumplimiento de sus deberes y obligaciones en lo que se refiere a la elaboración y aprobación de los planes hidrológicos de demarcación de acuerdo con lo establecido por la Directiva Marco del Agua.

Tabla. Estado de la cuestión, a 16 de septiembre de 2011, del cumplimiento de las Demarcaciones Hidrográficas españolas de los artículos 13 (apartados 1, 2, 3 y 6), 14 (apartado 1 letra c) y 15 (apartado 1), objeto de la demanda presentada el 27 de julio de 2011 por la Comisión Europea contra el Reino de España.



Fuente: elaboración propia a partir de la información contenida en las páginas web oficiales de los organismos de cuenca y agencias autonómicas de agua, y del Libro Digital del Agua del Ministerio de Medio Ambiente y de Medio Rural y Marino. Fuentes consultadas el 16 de septiembre de 2011.


La demanda señala el incumplimiento del deber de elaborar y aprobar los planes hidrológicos de acuerdo con el artículo 13 de la DMA, en el que se establece que dichos planes deberán estar publicados antes del 22 de diciembre de 2009. A fecha de la presentación de citada demanda (27 de julio de 2011) sólo una demarcación (la Demarcación de Cuenca Fluvial de Cataluña) de las 25 en que se divide el territorio español había aprobado su plan hidrológico. El incumplimiento del deber de notificación de los planes hidrológicos aprobados a la Comisión Europea regulado en el artículo 15 de la DMA deriva directamente del incumplimiento del artículo 13.

Por otra parte, la demanda también señala el incumplimiento por parte de España del deber de someter el proyecto de plan hidrológico a consulta pública durante un periodo de al menos 6 meses, y con una antelación de al menos un año a la aprobación del plan hidrológico. En este caso, de las 25 demarcaciones españolas, sólo han llevado a cabo o están llevando a cabo esta consulta pública 13 demarcaciones (ver tabla), si bien con un importante retraso respecto al calendario establecido por la DMA (dicha consulta debería haberse convocado antes del 22 de diciembre de 2008). En este sentido, la consulta pública relativa al proyecto de plan hidrológico sólo ha afectado hasta el momento al 55% del territorio español, estando pendiente la realización de esta tarea por parte de demarcaciones tan amplias y significativas a escala peninsular como las del Ebro, Júcar, Segura y Tajo.

Vale la pena remarcar que en el caso de la Demarcación Hidrográfica del Júcar la situación es especialmente grave, debido a la indefinición del ámbito territorial de la demarcación intercomunitaria del Júcar y de la demarcación de cuencas internas de la Comunidad Valenciana, y la consiguiente indefinición de autoridades competentes y órganos de participación pública. Esta cuestión que debería haber estado resuelta antes del 22 de diciembre de 2003 (según el calendario de la DMA) se cerró en falso en febrero de 2007 mediante un Real Decreto que establecía el ámbito territorial de las demarcaciones intercomunitarias. La ambigüedad contenida en el mismo respecto al ámbito territorial de la Demarcación del Júcar sólo ha contribuido a enquistar el problema y paralizar en la práctica la elaboración de la planificación hidrológica de acuerdo a los requerimientos de la DMA.

La ausencia de voluntad política mostrada durante estos últimos cuatro años por parte de los responsables del Ministerio de Medio Ambiente y de Medio Rural y Marino y de los gobiernos autonómicos implicados (principalmente Comunidad Valenciana y Castilla-La Mancha) en solventar esta cuestión institucional y avanzar en la aplicación de la DMA en nuestros ríos, acuíferos, lagos, zonas húmedas y aguas costeras para conseguir el objetivo de alcanzar un buen estado ecológico de estos ecosistemas en 2015, es la principal razón del fracaso de la política del agua en la Demarcación Hidrográfica del Júcar. En este sentido, aún no se ha podido ni siquiera finalizar el trámite administrativo de aprobación del Esquema de Temas Importantes, cuya consulta pública finalizó en junio de 2010, y que es necesario para abordar la consulta pública del Borrador del nuevo Plan Hidrológico del Júcar.

Resumen de la demanda C-403/11: Base de datos CURIA, disponible en Internet (consultada el 16/09/2011) http://curia.europa.eu/jurisp/cgi-bin/form.pl?lang=es&newform=newform&alljur=alljur&jurcdj=jurcdj&jurtpi=jurtpi&jurtfp=jurtfp&alldocrec=alldocrec&docj=docj&docor=docor&docdecision=docdecision&docop=docop&docppoag=docppoag&docav=docav&docsom=docsom&docinf=docinf&alldocnorec=alldocnorec&docnoj=docnoj&docnoor=docnoor&radtypeord=on&typeord=ALL&docnodecision=docnodecision&affint=affint&numaff=&ddatefs=25&mdatefs=07&ydatefs=2011&ddatefe=16&mdatefe=09&ydatefe=2011&nomusuel=&domaine=&mots=&resmax=100&Submit=Buscar

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